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Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico TESTRA

29/11/2012 | WebPor Sociedad de la Información

 

Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico TESTRA



Al Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico, TESTRA se puede acceder desde el portal de la Sede Electrónica de la Dirección General de Tráfico desde donde cualquier ciudadano o empresa pueden consultar las notificaciones de multas que no les han podido entregar en su domicilio. Tiene carácter legal, y por ello se convierte desde el 25 de noviembre de 2010 en medio oficial de publicación de los procedimientos sancionadores de Tráfico.

¿Cómo se consulta TESTRA?
Sin necesidad de certificado digital ni de DNI electrónico puede consular los edictos publicados en el TESTRA. Sólo tiene que teclear su DNI, NIE, o CIF. TESTRA le mostrará si tiene edictos publicados, y toda la información relativa a cada uno de los edictos: qué Administración ha ordenado la publicación, por qué infracción, qué plazos tiene para defenderse, etc.

Hay que tener en cuenta que en TESTRA no se publican todos los procedimientos sancionadores de Tráfico, sólo aquellos que no han podido ser notificados en el domicilio del interesado. Y que desde el 25 de noviembre 2010 en TESTRA se publican las notificaciones no entregadas en el domicilio.

Desde esa fecha, la Dirección General de Tráfico, Departamento de Tráfico del Gobierno Vasco y Servicio Catalán de Tráfico, están obligados a notificar en el TESTRA aquellos procedimientos, en cualquier fase de los mismos, que son de su competencia.

También podrán realizar las notificaciones todos los Ayuntamientos que se incorporen al sistema. En concreto, el Ayuntamiento de Lorca, ya está dado de alta en el sistema TESTRA y es a partir del 12 de noviembre de 2012 cuando empieza a hacer las primeras notificaciones.

TESTRA se publica todos los días del año, y está accesible para los ciudadanos las 24 horas del día.

¿Qué pasa si tengo edictos publicados en TESTRA?
TESTRA es el medio legal de publicación de las sanciones de tráfico que no han podido ser notificadas en el domicilio, conforme al artículo 78 de la Ley de Seguridad Vial. Si el edicto publicado está vigente significa que se está en el plazo de veinte días naturales que la ley fija para alegar, pedir pruebas, pagar, o en el plazo de un mes para interponer recurso de reposición.

Si el edicto publicado está en estado de no vigente, significa que ya ha transcurrido el plazo legal para alegar o para recurrir, pero al menos el ciudadano tiene conocimiento de que hay un procedimiento sancionador que se le está tramitando.

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